Para los autónomos el próximo 2023 es un año que vendrá cargado de cambios. El más importante es el que afecta a su sistema de cotización, que tras la reforma del mismo, pasa a establecerse en función de los rendimientos reales. Esto provoca que casi un 60% de los autónomos vaya a tener que pagar más durante el 2023.
A través de este nuevo sistema de cotización, los autónomos habrán de declarar cuales son sus ingresos reales y elegir cual de los tramos es el que mejor se ajusta a su situación. La contabilización de los ingresos reales se realiza a traves de sus ingresos y gastos totales derivados de la actividad.
De esta forma el sistema se conforma por un total de 15 tramos. En cada uno de ellos encontramos una base máxima y una base mínima de cotización entre las cuales cada trabajador autónomo podrá elegir. De aquí resulta la cuota de la Seguridad Social.
La nueva Tarifa Cero de la Comunidad de Madrid para autónomos
Los puntos clave de este nuevo sistema de cotización son:La fecha de entrada en vigor
Este nuevo sistema de cotización entra en vigor a partir del día 1 de enero de 2023. Sus efectos se desplegarán de forma progresiva durante tres años dando lugar a una transición definitiva que se prevé, que como máximo, tarde nueve años en implantarse.Las cuotas y los tramos de cotización
Desde enero de 2023 habrá quince tramos de cotización. Las cuotas mensuales irán, de menor a mayor, desde los 230 euros al mes hasta los 500 euros. Durante los siguientes años irá variando, llegando a estar las cuotas en los 200 euros hasta los 590 euros al mes en 2025. La media de autónomos que pagará más este 2023 no es muy elevada. Asi, se establece que un 42% de los trabajadores autónomos pagará aproximadamente 20 euros más; el 27% pagarán unos 110 euros más; y el restante una media de unos 220 euros más. Uno de cada diez autónomos verá aumentada su cuota al verse obligado a cotizar por la máxima de 500 euros al mes, lo cual supone un aumento de hasta unos 200 euros con respecto a su pago actual.El calculo de los rendimientos de autónomos
Como ya hemos indicado, este nuevo sistema de cotización se basa en los ingresos reales de los trabajadores. Para el calculo de lo rendimientos netos hay que realizar una resta entre que ingresos y que gastos han recibido durante el ejercicio de la actividad. Tanto los ingresos como los gastos que vayan a contabilizarse han de ser inherentes y necesarios a su actividad principal, y por lo tanto, directamente vinculados a los ingresos del trabajador. Al resultado de esa resta hemos de aplicarle las deducciones correspondientes:- Por gastos genéricos se podrá deducir el 7%.
- Para los autónomos societarios, la deducción será del 3%.