Durante estos meses, pocos autónomos no han pensado en cómo será su Declaración de la Renta. A partir del pasado miércoles 6 de abril se podrán iniciar las actividades de ingresos y patrimonio correspondientes al ejercicio fiscal 2021.
Durante las primeras semanas, muchos contribuyentes se preguntaron qué deducciones podrían aplicar en sus declaraciones de impuestos para entender qué conceptos se pueden deducir, ya sea a nivel estatal o territorial. Controlar tu deducción es fundamental a la hora de calcular lo que tenemos que pagar a Hacienda.
Una de las deducciones más frecuentes en Hacienda es en relación a los gastos derivados de la utilización de un vehículo profesional siendo autónomo. Sin embargo, este aspecto también genera interrogantes: si es alquilado, ¿se puede deducir?
La respuesta es sí. Los autónomos que dispongan de un vehículo en renting cuyo finalidad sea su actividad principal podrán desgravar el IVA. Para ello, se habrá de justificar debidamente que el uso que se le da al vehículo es profesional. Es decir, demostrar que es utilizado para trabajar.
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Deducción de renting para autónomos
El renting es un mecanismo a través del cual se permite disponer de un elemento, de innumerables indoles, durante un periodo de tiempo más largo al habitual en un alquiler. Lo mas habitual suelen ser vehículos, aunque también hay renting de ordenadores, cámaras de fotos…
Muchos autónomos recurren al renting de coches porque es muy económico. Sin necesidad de realizar una inversión iniciar pueden hacer uso del mismo. Poseen una duración entre uno y diez años y posee ciertas ventajas en materia de fiscalidad.
Los gastos del renting se consideran, tanto para los autónomos como para las empresas, como un desembolso de negocio. Por ello se permite desgravar el renting hasta un 100%. La deducción es aplicable en la Declaración de la Renta y en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La deducción dependerá del destino del vehículo. De hecho, Hacienda se reserva el derecho de comprobar si el vehículo se utiliza para uso profesional o personal. En estos casos, el vehículo rotulado suele estar asociado a un uso profesional, o bien a que se trate de un vehículo industrial.
Deducción para autónomos en IRPF
Los trabajadores por cuenta propia pueden deducir el 100% de su cuota del IRPF, al igual que cualquier otro gasto que afecte a la actividad empresarial o profesional. Esta es una gran ventaja para ellos para ahorrar impuestos.
Por tanto, el hecho de que los honorarios pagados por el contrato de alquiler puedan ser deducidos en su totalidad es un factor importante a tener en cuenta a la hora de elegir esta opción para utilizar el vehículo.
Deducción para autónomos en IVA
Además de disfrutar de las ventajas fiscales del alquiler de una vivienda en la Declaración de la Renta, los autónomos también pueden deducir el IVA.
Generalmente, las autoridades fiscales aplican un estándar de deducción del 50% del impuesto soportado. No obstante, si se quiere conseguir la desgravación del 100% del IVA, el trabajador deberá acreditar que el vehículo es únicamente para uso profesional y en ningún caso podrá ser utilizado para actividades ajenas a su actividad empresarial.
Para demostrar que el vehículo tiene un uso únicamente profesional, los métodos son:
- Dejar el coche durante los findes de semana en el garaje.
- Rotular el automóvil con el logo corporativo de la empresa,
- Disponer de un sistema de geolocalización.
- Llevar a cabo un registro de los contactos y reuniones realizadas por motivos laborales.
- Acreditar que existe otro vehículo al que se le da uso personal.
Otras deducciones relacionadas con el renting
Los autónomos pueden deducirse el consumo de gasolina al alquilar un coche, hasta el 50%. No obstante, deberán acreditar que el desplazamiento con el vehículo es por motivos de trabajo.
Asimismo, existen deducciones por concepto de tarifas de aparcamiento, peajes y tasas de mantenimiento, etc. en los aparcamientos, siempre que se refieran exclusivamente a actividades profesionales.
Ten en cuenta que si quieres aplicar estas deducciones en tu Declaración de la Renta la campaña se extenderá hasta el 30 de junio de este año. Desde Asesorus estamos encantados de poder ayudarte con esta y todas las materias relacionadas con tu Declaración para que obtengas el mejor resultado.