¿Qué es la disolución de una Sociedad? ¿Cuáles son las causas? ¿Qué pasos hay que seguir en la disolución de una Sociedad? ¿Cuáles son las obligaciones de los liquidadores? ¿Cómo se tributa por esta operación? Nos lo cuenta nuestra asesora Eva Lafuente en el siguiente video (4 min).
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¿Qué es la disolución de una Sociedad?
La disolución de una Sociedad es un procedimiento que tiene varias etapas. La primera sería la disolución, que tiene que haber un acuerdo en la Junta General, y en la segunda parte pueden ocurrir varias opciones:
- Concurso de acreedores, porque no son capaces de hacer frente a las deudas de la Sociedad.
- Transferencia de la Sociedad. Sería una compra-venta de la empresa.
- Liquidación. Se produciría la extinción o cese de la Sociedad (nos centraremos en explicar cómo se lleva a cabo esta liquidación).
Causas de disolución de una Sociedad
- Para disolver la Sociedad, lo principal es que haya un acuerdo de la Junta General. Un motivo por el que podría ocurrir sería porque no se puede llevar a cabo el objeto social o la actividad de la misma por la que fue creada, lo que conllevaría el fin de la Sociedad.
- Otra posibilidad sería que algún órgano de la empresa fallara como puede ser la Junta o porque el capital social está por debajo del mínimo legal.
- También podría ocurrir que tuviera que extinguirse por sentencia judicial
Pasos a seguir en la disolución de una Sociedad
La etapa previa a la liquidación sería la disolución. En esta parte la Sociedad todavía sigue teniendo personalidad jurídica, entonces en la razón social debería figurar que está en liquidación.
En la liquidación los administradores cesarían su actividad y serían sustituidos por unos liquidadores que tienen una serie de obligaciones que llevar a cabo en todo este proceso.
¿Cuáles son las obligaciones de los liquidadores?
Los liquidadores tienen como obligación velar por el patrimonio social de la empresa, encargarse de que no se liquide y se reparta entre los socios. Además deben que tener en cuenta que la Sociedad no tenga ninguna operación pendiente, es decir, que los créditos se cobren y que las deudas se paguen. Debe repartir los bienes que tenga la Sociedad informando a los socios sobre todo el proceso. Tendrán que llevar a cabo un balance final con un informe detallado donde aparecerá la remanente que va atener cada socio según lo fijado en los estatutos de la misma. También serán los encargados de otorgar escritura pública e inscribirlo en el Registro Mercantil y cuando finalice este período, se extinguirá la personalidad jurídica.
¿Cómo se tributa por esta operación?
Durante este proceso la Sociedad todavía tiene personalidad jurídica, por lo que todavía está sujeta a tributar por el Impuesto de Sociedades. Si se produce alguna entrega de bienes o alguna aportación dineraria puede tributar por IVA.
En el caso del reparto de remanentes entre los socios, lo tendrán que declarar en su Declaración de la Renta personal como ganancia patrimonial.
Por último, este proceso tributa por el Impuesto de Transmisiones. Un mes después, se dará la baja en Hacienda, habrá que rellenar el Modelo 036, donde se darán de baja las actividades.