La declaración del Impuesto sobre Sociedades: el Modelo 200

El Impuesto sobre Sociedades es el tributo a través del cuál se grava el beneficio que obtienen las sociedades empresariales. Principalmente se realiza a través del Modelo 200. Consiste en una declaración o liquidación anual el Impuesto. Se trata de una obligación con la Agencia Tributaria para todas las entidades que posean residencia habitual en España y que cuenten con personalidad juridica propia.

El Modelo 200 debe presentarse entre el 1 y el 25 de julio de cada año. Incluso si la actividad económica aún no se ha desarrollado y cuando no se obtenga renta gravable. Adicionalmente, puede presentarse dentro de los 25 días siguientes a la finalización del ejercicio.

Qué es y cómo se rellena el Modelo 303 del IVA

 

Obligados tributarios del Modelo 200

El Modelo 200 debe ser presentado por todas las personas jurídicas residentes en España que obtengan beneficios de las actividades económicas que realicen.

Se aplica sobre los beneficios obtenidos por empresas como:

  • Las Sociedades Mercantiles: Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Colectiva…
  • Las Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
  • Agrupaciones de Interés Económico.
  • Fondos de Capital Riesgo y Fondos de Pensiones.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Fondos de Inversión Inmobiliaria.

En el Impuesto sobre Sociedades también se aplican excepciones: el Estado, las Comunidades Autónomas y el Banco de España están totalmente exentos. Por otra parte, los Colegios Profesionales, las Uniones y Federaciones… en las que sus ingresos totales no superen los 100.000 euros anuales tendrán una exención parcial.

Cómo presentar el Modelo 200 en Hacienda

Para saber cuándo hay que presentar el Modelo 200 hay que hacer un cálculo 6 meses después de la finalización del periodo impositivo. Si el ejercicio fiscal corresponde a un año natural, el Modelo 200 deberá presentarse antes del 25 de julio del año siguiente.

Durante varios años ya no era posible presentarlo en papel, por lo que la única forma posible y obligatoria de hacerlo era a través de internet.

Para su cumplimentación hay que indicar:

  • El NIF, razón social y resto de códigos identificativos de tu empresa.
  • El periodo impositivo por el que se realiza la declaración. En este punto disponemos de tres opciones validas: período impositivo de un año que coincide con un año natural, un período impositivo de un año que no coincide con un año natural y un período impositivo de menos de un año. También debe indicar su fecha de inicio y finalización.
  • Código de Clasificación Nacional de Actividad Económica (CNAE), un código de cuatro caracteres que le permite identificar la actividad económica principal de su negocio y debe alinearse con la actividad económica para la cual reporta más de su negocio.
  • Marcar con una X el tipo de entidad en la que se encuentra su empresa, los sistemas que se aplican, la cantidad de empleados, si pertenece a un grupo de empresas y el estado de su cuenta.

Finalmente, debe escribir la fecha y firmar. Recuerda que solo un representante autorizado de la empresa puede firmar el Modelo 200. Adicionalmente, los modelos complementarios al 200 son: Modelo 202, Modelo 220, Modelo 222 y Modelo 232.

Contabilización del Modelo 200

Una vez cumplimentada la primera parte, pasarás a la presentación del Balance de Situación y Cuenta de Pérdidas y Ganancias, donde deberás depositar un Modelo 200, cuyo resultado será el impuesto de sociedades que deberás pagar o recibir.

Para calcularlo, primero debe tener los resultados de la liquidación contable, que es la base del impuesto de sociedades. Se calcula restando los gastos de las prestaciones del período correspondiente y haciendo los ajustes y correcciones necesarios al resultado, lo que significa restar los gastos no deducibles.

El resultado será el resultado corregido, multiplicado por el tipo impositivo que te corresponda, y te dará el importe íntegro. A la cuota íntegra deberás restar las retenciones e ingresos en cuenta y las cuotas que hayas pagado durante el año.

Si el resultado es negativo, se abonará la diferencia, y si el resultado es positivo, tendrás que devolver la diferencia.

Instrucciones para presentar el Modelo 111 del IRPF

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp