La Ley de Startups llega a España

El Informe del Anteproyecto de Ley ’Startups’ ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, este 6 de julio, con el objetivo de impulsar el ecosistema de empresas emergentes en España. Se trata de un nuevo marco regulatorio que viene desarrollándose desde el año 2018 y que ahora está siendo sometido a audiencia pública.

El Informe del Anteproyecto de Ley ’Startups’ ha sido aprobado por el Consejo de Ministros, este 6 de julio, con el objetivo de impulsar el ecosistema de empresas emergentes en España. Se trata de un nuevo marco regulatorio que viene desarrollándose desde el año 2018 y que ahora está siendo sometido a audiencia pública. Este proyecto se ha planteado como una de las claves para la recuperación de la economía tras la crisis a raíz del coronavirus y se centrará, sobre todo, en fomentar el entorno emprendedor con vocación innovadora en España. La atracción del talento y el capital internacional que se consiga captar, ayudarán al desarrollo del país, según La Moncloa.

De esta forma, la nueva Ley ‘Startups’ es uno de los hitos dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, un proyecto de País como respuesta a la crisis económica y sanitaria por la COVID-19 que sienta las bases para la modernización de la economía española e impulsa el crecimiento económico y la creación de empleo. Además, esta ley se recoge también en la sexta medida que plantea la España Digital 2025: Acelerar la digitalización de las empresas, con especial atención a las micropymes y a las startups. Así, se espera que al menos un 25% del volumen de negocio de las pymes provenga del e-commerce en 2025.

 

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¿Qué medidas incluye la Ley Startups?

En este contexto, Nadia Calviño, vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dio en la rueda de prensa del 6 de julio sobre el Anteproyecto, las medidas que estarían recogidas en la nueva Ley de empresas emergentes:

Para el Impulso del Talento:

  • España como un hub tecnológico: reducción del tipo impositivo en el impuesto de sociedades y en el impuesto sobre la renta de nuevos residentes del tipo general del 25% al 15% durante un máximo de cuatro años.
  • Aplazamientos de las deudas tributarias.
  • Medidas favorables a las ‘stock options’, opciones de comprar acciones de las startups, elevándose el importe de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales.
  • Se establece un visado específico para los nómadas digitales, los teletrabajadores, incluyendo el sector audiovisual.

Para fomentar la Inversión:

  • A través de Bussines Angels, personas que invierten su dinero en las startups a cambio de una participación accionaria. Así, se eleva la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación desde los 60.000 a 100.000 euros anuales.
  • El tipo de deducción pasa del 30% al 40% y el período dentro del que una empresa se considerará de nueva creación irá desde los 5 a los 7 años.

Medidas Administrativas:

  • Se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de nuevos residentes.
  • Se elimina la obligación de obtener el número de identificación de extranjero para los inversores no residentes, bastando para ellos el número de identificación fiscal.
  • Creación de sandbox, espacios controlados de pruebas.
  • Permeabilidad con centros universitarios y de investigación.
  • Facilitar la colaboración entre grandes y pequeñas empresas con las startups, la compra pública e innovadora y el emprendimiento fuera de los polos urbanos, con el fin de favorecer el crecimiento económico y la innovación.

 

¿Qué empresas serán consideradas como startups?

Las startups son las nuevas empresas emergentes que han crecido en el medio tecnológico actual. Se caracterizan por su carácter innovador, pudiéndose adaptar a las nuevas demandas, y engloba a todo el conjunto de corporaciones de base tecnológica, pymes y jóvenes empresas innovadoras.

El sector económico de las startups ha sido el que más ha crecido en los últimos años, debido a su base tecnológica. Por ello, la vicepresidenta Nadia Calviño, ha definido también qué empresas serán consideradas de nueva creación:

  1. Aquellas con sede social y más de la mitad del empleo con contratos en España.
  2. Las empresas de una antigüedad menor a cinco años. (Hasta 7 años en la esfera de la biotecnología y la energía industrial).
  3. Deben ser una sociedad cotizada, sin distribución de dividendos.
  4. Las empresas emergentes deben tener un carácter innovador, así como facturar menos de cinco millones de euros.

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