La conciliación familiar es muy difícil cuando además se trabaja fuera de casa. Por esta razón, muchas mujeres optan por emprender un negocio después de ser madres para organizarse mejor. Pero ¿qué apoyo tienen las madres emprendedoras?
En los últimos años se ha incrementado el porcentaje de mujeres autónomas. Uno de cada tres autónomos es mujer. Detrás de estos números están las realidades del día a día: la compleja mediación entre el mundo del trabajo y la maternidad, que hace que muchas de ellas opten por crear sus propios proyectos laborales.
Actualmente, la legislación española no distingue claramente entre madres y mujeres. En otras palabras, las ayudas al emprendimiento de las mujeres no se ampliarán ni cambiarán por tener hijos.
Las madres emprendedoras pueden solicitar las siguientes ayudas:
Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM)
Es un programa enfocado fundamentalmente a la solvencia de problemas. A través de él, las mujeres que se estén planteando emprender pueden resolver todas las dudas que vayan surgiendo en relación a como seria su proceso de emprendimiento.
Consiste fundamentalmente en un asesoramiento gratuito. Depende directamente de la Cámara de Comercio, quien además ha establecido la opción de brindar microcréditos que alcanzarán hasta los 25.000 euros.
Ayuda a la Mujer Emprendedora Rural
El Instituto de la Mujer ha promovido estas ayudas como complemento al Programa Desafío Mujer Rural. Se trata de unas ayudas que cuentan con el patrocinio de la Fundación EOI y que están plenamente financiadas a través del Fondo Social Europeo.
Su base fundamental es promover el emprendimiento de mujeres que lo hagan en ámbitos rurales. Se permite la creación de un negocio o la renovación de uno previamente existente.
Ayudas para Mujeres Emprendedoras Jóvenes
En el Plan de Choque por el Empleo Joven de 2019/2021 promovía las ayudas a aquellos negocios con base tecnológica donde aparezcan mujeres como participantes. Es decir, a aquellas mujeres jóvenes que acaben de sumergirse en estos mercados.
Dentro de este mismo programa, hay otra rama específica para el ámbito rural. Se bonifica a la mujeres que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia agraria.
Ayudas a Mujeres Emprendedoras en el sector tecnológico o científico
Son una de las ayudas promovidas a través del Programa Innovatia 8.3. Se brindan ayudas a mujeres de cualquier rango de edad que decidan emprender cuando se trata de empresas que forman parte del mercado científico o tecnológico.
Está secundado por el Instituto de la Mujer y financiado por el Fondo Social Europeo. Se encuentra amadrinado por mujeres emprendedoras de reconocido prestigio.
Apoyo para la obtención de avales
Para financiar los proyectos de madres emprendedoras se ofrecen avales a través de las Sociedades de Garantía Reciproca de la comunidad autónoma de residencia. Se trata de una bonificación concedida por el Instituto de la Mujer que alcanza como máximo los 800 euros por proyecto.
Las Sociedades de Garantía Reciproca colaboradoras con este proyecto son, entre otras: Avalmadrid, Iberaval, ISB, Sonagar, Afigal… Además, colabora también CERSA, que sufraga a las SGR la comisión de estudio de aquellos proyectos que puedan optar al aval.
La finalidad fundamental es que las mujeres emprendedoras que acaben de iniciar su actividad o que lo hayan hecho en los últimos tres ejercicios no tengan que hacer frente al coste ni a la comisión propia que requiere un aval.
Otras facilidades para madres autónomas
Además de lo anterior, las madres emprendedoras también pueden beneficiarse de otras ayudas, como las cuotas de trabajo por cuenta propia y el impuesto sobre la renta.
Bonificación del 30% sobre la cuota por contingencias comunes
Para aquellas mujeres menores de 35 años y que vayan a darse de alta por primera vez en el RETA, o habiendo pasado al menos dos años desde la baja del mismo, podrán acceder a una bonificación del 30%. Se aplicará sobre la cuota de contingencias comunes e incluirá la incapacidad temporal durante un año mas adicional al periodo de bonificación general. Podrán optar a esta bonificación durante, como máximo, 36 meses.
Bonificación del 100% por hijo
Por nacimiento, adopción, acogimiento o cualquier modalidad de riesgo durante el periodo de lactancia natural se tendrá derecho a una bonificación del 100%. Se aplicará sobre la base media que corresponda al año inmediatamente anterior al comienzo de la baja por maternidad. Como mínimo habrá de durar un mes, y se permite su extensión hasta completar el periodo de descanso.
Alta como autónoma con una cuota fija de 60 euros
Una vez reincorporada tras una baja por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o tutela, la cuota de autónoma a pagar durante el próximo año tendrá una cuota fija de 60 euros. Es indiferente si han pasado o no mas de dos años desde que se cogió la baja. Lo único que se exige como requisito para ser beneficiaria que de esta bonificación es que se debe de cotizar por la base mínima que haya establecida con carácter general.
Las bonificaciones anteriores incluyen tanto las contingencias comunes como las profesionales siempre que se cotice por la base mínima. Cuando la mujer beneficiaria cotice por una base superior, podrá optar a una bonificación más reducida. Será del 80% sobre la cotización por contingencias comunes.