El pasado 18 de marzo, el Boletín Oficial del Estado daba la orden de regular los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es decir, anunciaba la fecha de inicio de la campaña de la Renta 2021.
Desde ese día, los contribuyentes que lo deseen pueden consultar su información fiscal desde la página web de Accede a Renta 2021 a través de su Certificado electrónico, Clave Pin o mediante un número de referencia.
Fecha de inicio de la campaña de Renta 2021 y dónde realizarla
El plazo de presentación de la declaración de la Renta 2021 comienza el 6 de abril y termina el 30 de junio. Sin embargo, para todos aquellos que deseen realizar la solicitud mediante teléfono deberán esperar al día 3 de mayo.
Las personas pueden realizarlo mediante el portal de la Agencia Tributaria en su página web, desde la propia aplicación móvil de la Agencia Tributaria o mediante los teléfonos como el 91 535 73 26 o el 91 553 00 71.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la Renta?
Solo las personas que se encuentren con unos ingresos de rendimientos íntegros superiores a los 22.000 euros anuales se encuentran en la obligación de presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio del 2021.
En caso de que una persona haya tenido más de un pagador y se haya cobrado más de 1.500 euros por el segundo y los siguientes pagadores, el límite se encuentra localizado en los 14.000 euros anuales.
Quienes no se encuentran en la obligación de realizar la Renta 2021 pueden seguir presentándola. Desde Asesorus recomendamos realizar un simulacro para comprobar si sale a pagar o a devolver y así poder tomar una decisión correcta.
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¿Se puede fraccionar el pago de la Renta 2021?
Para todas las personas que la declaración sale a pagar, la administración otorga la posibilidad de fraccionar el pago en dos partes. Deberá ser obligatorio un 60% en el momento de presentar la declaración y el 40% restante antes del 4 de noviembre del 2022.
Quiénes no pueden presentar la solicitud vía telemática
No todas las personas pueden realizar la presentación de la Renta de forma telefónica y presencial. Es la propia Agencia Tributaria la que determina los perfiles que quedan excluidos y que solo podrán realizarla a través de Internet.
- Los que dispongan de rentas porcentuales superiores a los 65.000 euros anuales o rentas procedentes de capital mobiliario superiores a 15.000 euros anuales.
- Declaraciones con actividades profesionales o empresariales de estimación directa.
- Contribuyentes que acrediten arrendamiento de dos o más inmuebles y/o contratos de alquiler y los que dispongan de alquileres turísticos
- Aquellas personas que registren transmisiones de más de dos inmuebles o las acciones de dos o más emisores.
- Las declaraciones que recojan transmisiones de bienes durante 2021 que se hayan recibido mediante herencia o donación.
- Declaraciones complementarias correspondientes a ejercicios anteriores.
Número de referencia Renta 2021
Para poder consultar toda la información referente a las gestiones y presentaciones de la Renta, las personas deben disponer de un número de expediente conocido como Número de referencia de la Renta.
Es proporcionado por la propia Agencia Tributaria y solo tiene la duración de un año. Para poder obtenerlo y seguir operando con él hay que desplazarse a la página web oficial, en el apartado de Renta 2021, sección “Gestiones destacadas” y ahí, acceder en el enlace “Obtener número de referencia”. A continuación, os dejamos una guía explicativa en el que se explica su obtención paso a paso: enlace