{"id":857,"date":"2019-12-11T10:13:18","date_gmt":"2019-12-11T10:13:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.asesorus.es\/?p=857"},"modified":"2019-12-12T16:51:18","modified_gmt":"2019-12-12T16:51:18","slug":"como-tributa-loteria-navidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.asesorus.es\/como-tributa-loteria-navidad\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo tributa Loter\u00eda de Navidad"},"content":{"rendered":"

Se acercan las fechas navide\u00f1as y todos tenemos en mente, adem\u00e1s de los regalos y las cenas de Navidad, el afamado Sorteo Extraordinario de Navidad<\/strong>. \u00bfQui\u00e9n no ha so\u00f1ado alguna vez que har\u00eda si le tocara el “gordo” de la Loter\u00eda de Navidad<\/strong>? \u00bfPero qu\u00e9 sucede si realmente te toca el premio?<\/p>\n

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Los agraciados en el Sorteo Extraordinario de Loter\u00eda de Navidad<\/strong>, que se celebra el 22 de diciembre, cobrar\u00e1n el importe del premio con el gravamen del 20% a los premios superiores a 2.500\u20ac previamente descontado<\/strong>.<\/p>\n

Recordamos que los premios de Loter\u00eda y Apuestas del Estado tributan desde el 1 de Enero de 2013<\/strong>. La “mec\u00e1nica de tributaci\u00f3n” es sencilla, ya que el mismo organismo de Loter\u00edas es quien queda encargado del ingreso de Hacienda. De manera que, cuando el afortunado reciba el premio, vendr\u00e1 ya descontado con el consabido 20% sobre la cuant\u00eda del premio que excede de los primeros 2.500\u20ac. Es importante saber que no ser\u00e1 necesario volver a incluirlo en la Declaraci\u00f3n de la Renta ni el premio ni la retenci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n