Atención para los autónomos que quieran solicitar el cese de actividad en octubre y optar a cobrar la prestación del mes. Tienen menos de una quincena para realizar los trámites en la Seguridad Social, exactamente hasta el próximo día 21 de octubre.
A partir de ese día, todos los autónomos tendrán que esperar hasta el mes de noviembre para comenzar a percibir la prestación por alguna de las modalidades de cese de actividad.
La Seguridad Social realiza esta operación siguiendo este criterio ya que considera que los trabajadores por cuenta propia disponen del tiempo suficiente (20 días) para prever si van a tener caídas en sus ingresos.
No solicitarlo supondría no percibir ningún ingreso en octubre
El no presentar el cese de actividad antes del 21 de octubre supondría para los autónomos el no percibir ningún tipo de ayuda durante el mes completo.
Un hecho que supondría la pérdida de ingresos de la ayuda que oscina desde los 450 euros a los 995 euros, dependiendo de la base de cotización y de la modalidad en la que se encuentren adscritos.
La decisión se encuentra reflejada en el Real Decreto-Ley 18/2021 en donde se regulan las modalidades de prestación por cese de actividad: “el reconocimiento a la prestación se llevará a cabo por las mutuas colaboradoras o el Instituto Social de la Marina con carácter provisional con efectos de 1 de octubre de 2021, si se solicita dentro de los primeros veintiún días naturales de junio, o con efecto desde el día primero del mes siguiente a la solicitud”.
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