Deducción de vehículos en autónomos y Pymes: Preguntas clave

En primer lugar, es importante entender que, como cualquier otra deducción, en los coches se va reflejado tanto el gasto de IRPF/IS como el gato de IVA que aplica. Al ser impuestos diferentes, el criterio varía para cada uno de ellos.

En cuanto a las cuestiones clave:

¿Puedo deducirme el coche que uso como autónomo?

En general Hacienda presume que el vehículo tiene un uso mixto: profesional y personal. Por eso salvo casos muy concretos, no admite que se deduzca el 100% del IVA ni del gasto en el IRPF. La regla básica:

  • 100% deducible tanto IVA como IRPF si puedes demostrar que el coche se usa exclusivamente para la actividad (ej. taxi, VTC, autoescuela, mensajería).
  • 50% de IVA deducible de forma automática, aunque Hacienda puede repercutirlo.
  • En IRPF los gastos solo son deducibles si acreditas que el vehículo es estrictamente profesional.

Sobre la deducción del 50% del IVA y la forma de proceder de la administración tenemos una sentencia reseñable: El Tribunal Supremo, 25-02-2021 (STS 395/2021) estableció que Hacienda no puede negar la deducción del 50% de IVA sin pruebas en contra, reforzando la posición del autónomo.

¿Puede mi empresa deducirse el coche?

El criterio del IVA es el mismo, el 50% como deducción básica. En cuanto a la deducción en Impuesto de Sociedades, igual que un autónomo, se debe acreditar que es un vehículo de la actividad de la sociedad.

En caso de que Hacienda considere que el vehículo tiene uso mixto, y se está usando para la vida personal de socios, empleados o trabajadores, Hacienda puede obligar a que se tribute como salario en especie.

¿Qué diferencia hay entre IVA e IRPF en la deducción del coche?

  • IVA: puedes deducir como mínimo un 50% del IVA soportado en la compra, mantenimiento y gastos del coche. Para superar ese porcentaje, debes probar con documentos (agenda, facturas, geolocalización, rotulación) que el coche se usa al 100% en la actividad.
  • IRPF o Impuesto de Sociedades: aquí Hacienda es más estricta. Solo permite deducir gastos si el vehículo se usa exclusivamente para la actividad, salvo en profesiones muy concretas.

Ejemplo real: Un abogado que compra un coche para desplazarse a juicios. En IVA podría deducirse el 50%, pero en IRPF probablemente Hacienda rechace el gasto salvo que tenga pruebas contundentes de que no usa el coche para fines personales.

¿Qué ha dicho la jurisprudencia sobre estos casos?

Existen varias sentencias que ayudan a aclarar:

  • Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE, 2018, Asunto C-664/16): avala que los Estados limiten al 50% la deducción de IVA en vehículos de uso mixto.
  • Audiencia Nacional, 20-07-2017: reconoce que los gastos de un coche pueden deducirse si se demuestra su vinculación con la actividad, aunque Hacienda sea restrictiva.
  • Tribunal Supremo, 2021: confirma que la presunción del 50% de IVA es válida, y Hacienda no puede exigir pruebas imposibles al contribuyente.

En resumen: los tribunales tienden a dar la razón al autónomo si se demuestra la afección del vehículo a la actividad.

¿Qué gastos del vehículo me puedo deducir?

Los principales son:

  • Compra o leasing: IVA (mínimo 50%) y amortización (en casos de uso exclusivo).
  • Combustible: deducible en IVA e IRPF si se demuestra su vinculación.
  • Mantenimiento, reparaciones y seguro: igual criterio que el coche.
  • Peajes y parkings: deducibles si hay factura y se justifica el desplazamiento profesional.

Para poder demostrar afección en caso de inspección: guarda siempre facturas con datos completos y procura pagar con tarjeta para vincularlo a tu actividad.

¿Qué profesionales tienen más fácil deducirse el coche?

Hacienda reconoce directamente la afectación exclusiva en ciertos casos:

  • Transportistas.
  • Comerciales que visitan clientes habitualmente.
  • Taxistas y VTC.
  • Profesores de autoescuelas.
  • Agentes comerciales colegiados.

Para el resto de los autónomos, la carga de la prueba es mayor. Por ejemplo un programador que teletrabaje.

¿Qué pasa si Hacienda me discute la deducción?

Si Hacienda abre una inspección, puede pedir:

  • Agenda de visitas.
  • Geolocalización o tacógrafo.
  • Rotulación del vehículo (indica uso profesional).
  • Facturas de combustible vinculadas a viajes de trabajo.

Una sentencia importante de la AN 2017: reconoció que no se puede exigir al autónomo una prueba absoluta (como que el coche duerma siempre en una nave de la empresa), basta con que la justificación sea razonable y coherente.

¿Qué consejos prácticos me ayudan a no tener problemas con Hacienda?

  • Rotula el coche con la marca de tu negocio: ayuda a demostrar uso profesional.
  • Usa un vehículo exclusivo para la actividad si es posible (ej. un coche de diario y otro para la empresa).
  • Separa gastos: tarjeta bancaria exclusiva para gastos del coche.
  • Lleva un registro de desplazamientos: con aplicaciones de kilometraje o en una hoja Excel.
  • Recuerda que en IVA se admite el 50% sin problemas, pero en IRPF solo si está bien justificado.

La deducción de vehículos es un tema complejo porque Hacienda parte de la idea de que siempre hay uso personal. Sin embargo, con buena documentación y siguiendo la jurisprudencia, los autónomos y pymes pueden defender sus derechos.

  • En IVA, tienes garantizado al menos un 50% deducible.
  • En IRPF, solo si puedes demostrar afectación exclusiva.
  • Las sentencias recientes tienden a suavizar la rigidez de Hacienda y dar la razón al contribuyente si actúa con coherencia.

En definitiva, la clave está en probar el uso profesional del coche. Cuanta más transparencia y registros aportes, menos problemas tendrás.

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