Las principales dudas de las nuevas cuotas de autónomos

El pasado jueves se aprobó la reforma del sistema de cotización. El Congreso de los Diputados ha dado las últimas pinceladas al Real Decreto-Ley regulador del nuevo sistema de cotización para los autónomos. A través de esta reforma se establecen 15 tramos de cotización. Aumentará de forma progresiva las bases de cotización de los trabajadores por cuenta propia en función de sus ingresos.

De aquí a los próximos tres años se pretende reducir la cuota mínima y elevar la máxima. De esta forma, se pretende que en el año 2025 la base mínima sea de 200 euros y la máxima de 590 euros. Todo ello se estipulará en función a sus ingresos mensuales.

Si como trabajador autónomo te surgen dudas sobre qué ocurre ahora con tu cotización o sobre si tienes que realizar cualquier tipo de cambio, desde Asesorus te respondemos las preguntas que te puedan surgir.

El acuerdo histórico para autónomos: cotización según ingresos

 

¿Cuándo entra en vigor?

Entra en vigor en enero de 2023 y se mantendrá hasta 2025.

¿Será siempre el mismo?

El nuevo sistema de tramos contempla el período de 2023 a 2025. Al llegar esa fecha se someterá a revisión y se podrán aplicar cambios en función de la coyuntura económica del momento.

Las revisiones se harán cada tres años hasta 2032.

¿En qué consiste la reforma?

A través del nuevo sistema los autónomos cotizaran en función de sus rendimientos netos. Esto es, la diferencia entre ingresos y costes e incluyendo los gastos no justificables (7%) y, por tanto, sus ingresos reales.

¿Cuáles son los tramos y las nuevas cuotas?

Se ha planteado un sistema con 15 tramos. La cuota mensual, se irá reduciendo, manteniendo o incrementándose en función de los ingresos de los autónomos.

¿Se puede cambiar de tramo?

Los autónomos podrán variar de tramos 6 veces al año. Esto puede modificarse cada dos meses para situarse en la cotización correspondiente en función de la época del año y la previsión de ingresos.

¿Habrá cuota reducida para los nuevos autónomos?

Sí, habrá cuota reducida. Pasará a ser de 80 euros mensuales durante 12 meses para los trabajadores que comiencen a ser autónomos. Es lo que conocemos como tarifa plana de autónomos.

Podrá prolongarse 12 meses más si sus rendimientos del primer año están por debajo del SMI.

¿Habrá tope de cotización para trabajadores mayores de 47 años?

Con el nuevo modelo, se elimina el límite de cotización de los trabajadores de 47 años, que establece que no pueden elevar sus cotizaciones al final de su vida laboral. Así, los autónomos de 48 años en adelante tendrán que aportar sus rendimientos netos, independientemente de su edad, como el resto de los trabajadores.

¿Qué ocurrirá con las medidas adoptadas durante la pandemia?

Se mantendrá el Mecanismo Red ante situaciones económicas desfavorables, y, podrán acogerse a esta prestación los autónomos que reflejen una caída de los ingresos del 75%, que no superen al SMI y que afecte al 75% de la plantilla. Esta prestación aporta el 50% de la base reguladora hasta un año, no consume cese de actividad y cuenta con un pago del 50% de la cotización.

Si se activa el Mecanismo Red sectorial, se deberá demostrar una pérdida del 50% de ingresos (con trabajadores) o del 75% (sin trabajadores); ingresos no superiores al SMI; que el 75% de la plantilla esté afectada; y debe contarse con un proyecto de recualificación. En este caso, se recibirá un pago único del 70% de la base reguladora y del 50% de la cotización.

¿Cómo afecta la nueva reforma a los autónomos societarios?

Los autónomos societarios, como cualquier trabajador por cuenta propia, tendrán que cotizar por ingresos reales a partir de 2023. A diferencia los autónomos persona física, tendrán una base de cotización mínima que ha quedado fijada en 1.000 euros al mes. Esto supone que, en los próximos tres años, pagarán una cuota mínima inferior a la actual: 310 euros al mes en 2023. Hoy en día, los autónomos societarios pagan 377 euros aprox. al mes de cuota mínima a la Seguridad Social.

La base mínima de cotización se establecerá en 1.000 euros para 2023. En el 2024 y el 2025 dicha base se establecerá o definirá en los Presupuestos Generales del Estado. Y, a partir de 2026, pasarán a formar parte del grupo 7 de cotización del Régimen General (Auxiliares administrativos en la actualidad), donde se indicará la base de cotización correspondiente.

¿Cómo calcularán su cuota los autónomos societarios en 2023?

Los autónomos societarios, como los autónomos por cuenta propia, tendrán que prever los rendimientos netos que van a obtener a lo largo de todo el año. Es decir, deberán cuantificar las ganancias que obtendrán durante 2023, y en función de esa previsión se marcará el tramo de cotización.

Para calcular los rendimientos netos anuales de la actividad deberán tener en cuenta los ingresos menos gastos deducibles, y aplicar una reducción del 3%, en concepto de gastos de imposible justificación. Y, en función del tramo en el que se encuentren pagaran una cuota u otra.  Eso sí, los autónomos societarios tendrán que aplicar la base mínima de cotización de 1.000 euros independientemente de que sus rendimientos sean inferiores al SMI.

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