El pasado 11 de julio se conocía la noticia. El Boletín Oficial de Estado anunciaba a todo el tejido empresarial español la entrada en vigor de una nueva normativa en la que se establecía un nuevo límite de pago en efectivo que se veía reducido de los 2.500 euros a los 1.000 euros con efecto inmediato.
El sector más afectado – las pymes, lo pequeños negocios y los autónomos- lamentaban profundamente esta nueva medida al mismo tiempo que se preguntaban los motivos por los que se había dictaminado teniendo en cuenta las discrepancias de la actuación con las planteadas por la Unión Europea que, aun en la actualidad, se encuentran planteándose la posibilidad de subir el límite hasta los 10.000 euros.
Desde el Gobierno se anunciaba que esta nueva reforma venía enmarcada dentro de la nueva Ley de Prevención Contra el Fraude Fiscal. Un proyecto cuyo objetivo es la lucha contra la economía sumergida que suele focalizarse especialmente en los sectores que se han visto más afectados por la norma.
La infracción del límite del efectivo supondría multas tanto para el empresario como para el cliente cuya cantidad sería proporcional al 25% más de la base de la sanción.
Límite para pagos en las nóminas
Ahora, también se ha podido conocer que el límite de pago en efectivo también se aplicará a las nóminas dentro de varios supuestos.
El primero de ellos cuando se realice un pago a personas físicas que no residan en España y que no sean autónomos o propietarios de una empresa. Previamente, el límite se localizada en los 15.000 euros. Ahora, dentro de la nueva Ley de Prevención contra el Fraude Fiscal el límite ha quedado establecido en los 10.000 euros.
También para todas las nóminas que sean pagadas en efectivo y que superen los 1.000 euros brutos al mes. Dentro de esta categoría también quedan incluidas las dietas, las pagas extra o incluso el transporte.
Todo aquello que supere los 1.000 euros de efectivo se verá también sujeto a la sanción que establece la Agencia Tributaria de aplicar un 25% de la base de sanción como multa además de también estar sujeto a diferentes sanciones de carácter administrativo.