¿Qué es la regla de prorrata en el IVA?

Se basa en la deducibilidad de las cuotas soportadas. Esto se produce cuando un sujeto pasivo de manera simultánea adquiere bienes y presta servicios en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional, independientemente de que las facturas emitidas lleven o no incluido el IVA.

¿En qué consiste el Prorrateo de IVA? Se basa en la deducibilidad de las cuotas soportadas. Esto se produce cuando un sujeto pasivo de manera simultánea adquiere bienes y presta servicios en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional, independientemente de que las facturas emitidas lleven o no incluido el IVA.

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¿Qué tipos de Prorrateo se pueden aplicar?

Existen dos clases de prorrata de IVA:

[av_font_icon icon=’ue881′ font=’entypo-fontello’ style=” caption=” link=” linktarget=” size=’20px’ position=’left’ color=’#9dd1e9′ admin_preview_bg=” av_uid=’av-49zd5f’][/av_font_icon]

 Prorrata general: la deducción tiene que ser parcial no pudiendo deducirse el IVA soportado al 100%. Para calcular el porcentaje deducible se divide el importe de las entregas de bienes y servicios que son deducibles entre el importe total de todas las operaciones que se han producido. De carácter provisional se aplicará la prorrata del año anterior. Mientras que en la última declaración- liquidación, el sujeto debe aplicar la prorrata definitiva.

[av_font_icon icon=’ue881′ font=’entypo-fontello’ style=” caption=” link=” linktarget=” size=’20px’ position=’left’ color=’#9dd1e9′ admin_preview_bg=” av_uid=’av-33al2r’][/av_font_icon]Prorrata especial: se aplicará una prorrata especial cuando la general sea superior a un 10%, cuando el montante de las cuotas deducibles exceda en un 20% o bien cuando el sujeto desea realizarlo de manera voluntaria. En este tipo de prorrata, se va a producir la deducción integra de las cuotas soportadas. No podrá llevarse a cabo esta deducción de las cuotas soportadas cuando las operaciones no tengan el derecho a deducir.

Una vez que obtenemos la prorrata definitiva hay que llevar acabo un ajuste para determinar cuál debe ser el importe que se va deducir finalmente. Si prorrata definitiva sea superior a la provisional, se va a producir un cargo a la cuenta de Hacienda Pública IVA soportado. Por lo que se producirá un abono a ajustes positivos en IVA.

En el caso en el que la prorrata definitiva sea inferior a la provisional, cargaremos a la cuenta ajustes negativos en IVA y abonaremos a Hacienda Pública IVA soportado.

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