Subvenciones y ayudas para autónomos 2019

El programa de promoción del empleo autónomo es un programa estatal pero que gestionan las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias de Empleo. Podemos hablar de cuatro tipos de ayudas, cuyas características más pormenorizadas dependerán de cada Comunidad.

El Programa de Promoción del Empleo Autónomo es un programa estatal pero que gestionan las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias de Empleo. Podemos hablar de cuatro tipos de ayudas, cuyas características más pormenorizadas dependerán de cada Comunidad.

1- SUBVENCIÓN POR ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO.

Esta subvención tendrá como cuantía máxima 10.000 euros y la otorgarán los Servicios Públicos de Empleo competentes. Tendrán que cumplirse los siguientes requisitos:

• Desempleo en general.
• Jóvenes desempleados de 30 o más años.
• Mujeres desempleadas (en el supuesto de víctimas de violencia de genero, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementará en un 10%).
• Desempleados con discapacidad.

 

2- SUBVENCIÓN FINANCIERA.

Supone la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito que concede el préstamo destinado a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. La cuantía máxima será también de 10.000 euros.

 

3- SUBVENCIÓN PARA ASISTENCIA TÉCNICA.

Si requieres la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, realizar estudios de viabilidad, comercialización, diagnosis u otros parecidos, podraás solicitar una financiación parcial de esa contratación. La cuantía será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados con un máximo de 2.000 euros.

 

4-SUBVENCIONES PARA FORMACIÓN

Si necesitas formación durante la puesta en marcha de tu empresa sobre temas como Dirección y Gestión empresarial o nuevas tecnologías de la información y comunicación, podrás solicitar la financiación parcial de la formación. La cuantía será de hasta el 75% del coste de los cursos recibidos con un máximo de 3.000 euros.

Para poder beneficiarte de estas ayudas deberás mantener la actividad durante al menos 3 años.
También existen otras más específicas como por ejemplo, si ya eres autónomo pero te encuentras de baja por maternidad o paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, podrás acogerte a una bonificación de un 100% de la cuota.

La duración será durante el periodo de descanso, que será como mínimo de un mes.
También podremos acogernos a las bonificaciones del 100% de la cuota por conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación.

Si tenemos a nuestro cargo el cuidado de menores de 12 años o un familiar en situación de dependencia o discapacidad y nos vemos en la necesidad de contratar a un trabajador, podremos beneficiarnos de esta ayuda durante un máximo de 12 meses, con una duración mínima del contrato de 3 meses.

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