Los contribuyentes tienen la obligación de atender sus notificaciones tributarias. De lo contrario podrán enfrentarse a sanciones que oscilan de los 150 hasta los 600.000 euros. Pero ¿sabes qué los autónomos tienen derecho a solicitar que durante 30 días no te envíen nada? Es lo que se conoce habitualmente como los días de cortesía.
Las notificaciones de la Agencia Tributaria es una obligación añadida del autónomo. Mas aun para todos aquellos profesionales que están obligados a usar el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada. También para los dados de alta en el 060 que alerta de todas las notificaciones.
En todo caso, el hecho de utilizar este buzón de correo electrónico implica la obligación de consultarlo periódicamente para tramitar las solicitudes electrónicas enviadas por la Agencia Tributaria.
El problema de esta obligación se presenta especialmente en los meses de verano, cuando muchos autónomos desconectan durante las vacaciones y se olvidan de consultar sus buzones, según confirman directivos y expertos consultados.
Cuando Hacienda da un aviso, el plazo de respuesta no deja de correr, aunque los autónomos no lo lean. Diez días después, Hacienda asume que los autónomos han sido notificados y comienza su periodo de sanción.
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La organización de las vacaciones fiscales de autónomos
Estos días de beneficio deben solicitarse al menos 7 días antes de la exención fiscal deseada.
Al acceder al servicio, la aplicación verifica que el certificado electrónico seleccionado está suscrito al sistema de notificaciones electrónicas y muestra el calendario del año natural en curso para indicar la fecha deseada. También es necesario marcar el sábado y el domingo.
Los días elegidos pueden estar sueltos. Siempre que no supere los 30 días.
Si la persona que solicita el día de cortesía es un tercero, debe obtener autorización en el proceso GENERALNOT y asegurarse de que la autorización haya sido confirmada por un representante autorizado.
Los trabajadores por cuenta propia que se suscriban voluntariamente para recibir notificaciones electrónicas sólo disponen de un día de cortesía en su programa de suscripción.
Solicitud de las vacaciones fiscales
El primer paso para reclamar estos días festivos es visitar el portal `Mis notificaciones´ del sitio web y hacer clic en el enlace `Dirección de correo electrónico´ activada de notificaciones de días de solicitud. Activa “en” la sección de “inscripciones, solicitudes y otras consultas“.
Por supuesto, el acceso a este proceso digital requiere identificación mediante certificado electrónico o mediante el Cl@ve PIN.
También se puede especificar una persona u organización autorizada para presentar una solicitud en nombre de un tercero: un interlocutor social (solo para certificados electrónicos) o un representante.
Al acceder al servicio, la aplicación muestra el calendario del año natural en curso para indicar las fechas deseadas. Hacienda le aconseja revisar lo indicado en el Aviso, con el fin de “planificar adecuadamente su ausencia”. Una vez leído el aviso, el autónomo deberá hacer clic en la opción ‘Modificar‘ para presentar una solicitud de ‘días de cortesía’. Se pueden usar todos a la vez o repartidos a lo largo del año.
Para continuar, en la parte superior del calendario aparecen “Todas las fechas disponibles para el período”, es decir, todas las días elegibles para el año. Una vez que seleccione Fechas de cortesía, se resaltarán en verde.
Luego haga clic en la opción Verificar y finalmente en Firmar y Enviar.
En la siguiente ventana, el candidato debe seleccionar “Acepto” y presionar “Firmar y enviar” nuevamente. El mensaje de confirmación se generará con un código “CSV” de 16 caracteres y calendario “con la fecha de cortesía seleccionada y actualizada así como la fecha y hora solicitada”.
Sanciones de autónomos por no atender a las notificaciones de Hacienda
En junio de 2021, el Tribunal Administrativo del Centro Económico (TEAC) emitió una nueva norma según la cual los contribuyentes registrarán e ignorarán las solicitudes de información notificadas por el SRI por medios electrónicos. La inatención es un delito grave castigado con multas de 150 euros y hasta 600.000 euros, independientemente de la finalidad.
El estándar actual equipara los buzones telemáticos con los tradicionales buzones multiusos: se reemplaza el buzón o casillero real de una persona en casa con un buzón activado electrónicamente.