7 Pasos para constituir una Sociedad Limitada

En este post vamos a detallar los pasos a seguir hasta la constitución de una Sociedad Limitada. De todas las entidades jurídicas la Sociedad Limitada dispone de una serie de características que la hacen especialmente atractiva para pequeños empresarios o autónomos que quieran dar el salto a la gestión empresarial.

En este post vamos a detallar los pasos a seguir hasta la constitución de una Sociedad Limitada. De todas las entidades jurídicas la Sociedad Limitada dispone de una serie de características que la hacen especialmente atractiva para pequeños empresarios o autónomos que quieran dar el salto a la gestión empresarial.

La constitución de una sociedad Limitada sigue los siguientes puntos:

1. Solicitud Denominación Social y registro de ésta

Este paso se puede realizar de forma telemática mediante la página web del Registro Mercantil Central, este organismo decidirá cuál de las 5 opciones que se han propuesto será la denominación final o razón social de la entidad a constituir. Una vez se disponga de esta denominación el Registro la mantendrá en propiedad del solicitante durante 6 meses.

2. Abrir cuenta bancaria en cual se aportará el capital mínimo legal de 3000€ para constituir la sociedad

La aportación de capital en determinados casos podrá ser no monetaria, en estos casos el capital lo compondrán una serie de bienes materiales como puede ser maquinaria.

3. Elaboración de Estatutos Sociales

En este punto se exponen una serie de normas que serán las que regulen la sociedad constituida, también se indicara la denominación social, el capital social aportado, los socios, administradores y actividades a realizar por la sociedad a lo largo del tiempo.

4. Firma de las Escrituras De Constitución

Esto se realizará mediante acto notarial en el cual se aportarán los estatutos, la denominación social, los documentos certificativos de la aportación de capital necesaria para constituir y los DNI originales de los socios.

5. Inscripción en el registro Mercantil

Una vez firmadas las escrituras estas serán enviadas al registro mercantil, el cual se encargará de su inscripción.

6. Alta en Hacienda

Una vez Inscrita se procederá a informar a la administración tributaria del comienzo de actividades de la entidad. En este punto se obtendrá el NIF definitivo y se informará a hacienda de que la sociedad está en pleno funcionamiento.

7. Informar al banco para activar de nuevo la cuenta bancaria

Una vez se disponga de todo lo anterior se procederá a informar al banco para activar de nuevo la cuenta bancaria en la cual se aportaron los 3000€.

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